El Gobierno liberaliza el transporte funerario en toda España
El Gobierno liberaliza el transporte funerario en todo el país a través de la inclusión en el proyecto de ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) de una enmienda transaccionada entre PP y PSOE que exime de la necesidad de obtener autorización previa para el transporte, entre otros, de servicios funerarios que, además, «podrán realizarse libremente en todo el territorio nacional».
Según la enmienda, el transporte funerario «podrá realizarse libremente en todo el territorio nacional por prestadores de servicios funerarios, con independencia de su origen o recorrido», y además no deberán solicitar una autorización previa de transporte.
Por otra parte, los ‘populares’ han acabado introduciendo una previsión para los servicios de transporte de vehículos accidentados o averiados en carretera, que a partir de ahora estarán sometidos a la LOTT sin perjuicio de las especificaciones recogidas en la legislación de tráfico, circulación, vehículos a motor y seguridad vial.
Entre las enmiendas aceptadas o pactadas entre el PP y los partidos de la oposición también se cuenta una para incluir expresamente en los pliegos de condiciones de los servicios públicos las condiciones mínimas de solvencia técnica, profesional y económica que deben cumplirse para poder optar a la adjudicación; así como la dotación mínima de personal que el contratista debe adscribir al servicio. En este sentido, se obliga a las empresas a «subrogar al personal adscrito a las concesiones» de servicios que ya se estaban prestando si cambian de adjudicatario.
Además, con los cambios introducidos finalmente a la norma, se eleva de 12.000 a 15.000 euros la cuantía en disputa máxima para poder acogerse a un arbitraje de las Juntas, siempre y cuando ninguna de las partes contratantes hubiera expresado su voluntad en contra antes del inicio del servicio a prestar.
La Comisión de Fomento, que ha aprobado este proyecto de ley con los votos de PP, UPyD, CiU y PNV, ya había incluido en el texto las enmiendas de los ‘populares’ que, entre otras cosas, mantienen la obligación de realizar visados periódicos de autorización de transporte por carretera para vehículos de menos de 3,5 toneladas (T), y modulan las exenciones de responsabilidad de las empresas ante infracciones que cometan sus conductores.
En concreto, se precisa que los titulares del permiso o la actividad «no responderán de las infracciones cometidas en relación con los tiempos de conducción y descanso de los conductores o con la manipulación, falseamiento o uso indebido del aparato de control de los tiempos cuando acrediten que los hechos que las determinaron constituían una falta muy grave de indisciplina o desobediencia cometida por uno de sus conductores, que dio lugar a que éste fuera objeto de una de las sanciones» previstas por la legislación o los convenios, sea el despido o la suspensión de empleo y sueldo.
También se da potestad al Gobierno para «establecer criterios de proporcionalidad» ante la pérdida de honorabilidad por la comisión reiterada de alguna nueva infracción que se introduzca, vinculándolo con la dimensión de la empresa infractora; y se incluye la previsión de que la Inspección preste «especial atención en la vigilancia» de las empresas con mayor frecuencia infractora
Por otra parte, se permite que no sólo los herederos forzosos de un titular de autorización de transporte puedan utilizarlas, sino también el cónyuge. Con carácter general y excepto en estos dos casos, las licencias son intransferibles.
Además, se reconoce expresamente la posibilidad de las organizaciones representativas de personas con discapacidad –así como de las asociaciones de empresas usuarias del transporte de mercancías– de poder elegir un representante en el Consejo Nacional de Transportes Terrestres, órgano superior de asesoramiento, consulta y debate sectorial sobre este sector.
Por último, se ha introducido en el proyecto de ley una propuesta del PP para sustituir la actual prestación pública patrimonial de seguridad aeroportuaria de 0,38 euros por una nueva tasa de seguridad aérea que sufragará de forma directa las actividades y servicios de supervisión e inspección que realiza la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), y que tendrá un coste de 0,58 euros por pasajero que embarque en los aeropuertos españoles, independientemente de su destino, de las etapas intermedias que formen parte de su viaje o de que el aeropuerto pertenezca o no a la red Aena.
No obstante, a la tasa se le aplicarán las «reducciones» previstas en la legislación para las Islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla; y también estarán exentos de su pago los viajes oficiales no comerciales o los aviones de estados extranjeros en el caso de que éstos también concedan a España una exención análoga.
La entrada en vigor de la nueva tasa se producirá a los tres meses de la publicación del proyecto de ley, si bien no se exigirá en los billetes comprados antes.