Oposición de cuatro centros educativos al proyecto de construcción de un horno crematorio en Pola de Siero
Los directores de cuatro centros educativos de Pola de Siero (parroquia y capital administrativa del concejo asturiano de Siero), han mostrado su rechazo al proyecto de construcción de un horno crematorio en la parcela del actual tanatorio de Funeraria Meana y están interesados en presentar una alegación conjunta por entender que están «directamente afectados dada la proximidad a los centros escolares».
Los centros implicados son el Instituto de Secundaria Río Nora, los colegios de Primaria Celestino Montoto y Maestros Arregui y la escuela infantil hasta los 3 años El Carmín, donde cursan sus estudios alrededor de 2.000 alumnos.
Los directores de los cuatro centros dirigieron a finales de noviembre un escrito a la concejala de Educación del Ayuntamiento de Siero, María José Sánchez, en el que reconocían haberse enterado por la prensa de este proyecto y preguntaban por los plazos de información pública establecidos para presentar alegaciones.
El plazo de información pública ya había expirado, ya que tan solo se abrió por un período de diez días, una decisión que fue muy criticada en su momento por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies y también por Izquierda Unida de Siero. Además, no existía obligación legal de comunicarlo a los centros educativos.
Sin embargo, desde la Concejalía de Urbanismo, que ocupaba todavía Engracia Valle, se permitió a los centros de enseñanza consultar el expediente y se abrió un plazo adicional para que pudieran presentar sus alegaciones.
Por otro lado, desde los cuatro centros educativos afectados se contactó con el Gobierno del Principado para saber si existía alguna normativa medioambiental reguladora de este tipo de equipamientos. La respuesta fue que dependía directamente de los ayuntamientos, si bien las emisiones del crematorio debían estar sujetas a unos parámetros.
Siete alegaciones en plazo
En cuanto al plazo legal de información pública, se cerró con siete alegaciones, todas ellas de comunidades de propietarios y de vecinos particulares, salvo la que presentó la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.
Una de las argumentaciones de los ecologistas se refería, precisamente, a que el crematorio estaría ubicado a 60 metros de las viviendas, lo que, según ellos, supondría un incumplimiento del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, incluido en el decreto 2263/1974, de 20 de julio, de ámbito estatal y vigente en el momento de la solicitud de licencia.
El citado reglamento establece que este tipo de instalaciones debe ubicarse en terrenos alejados, al menos 500 metros de cualquier vivienda habitada. Los ecologistas mencionan también la proximidad del centro de salud, de los dos colegios de primaria, del centro de infantil, del Instituto Río Nora, del polideportivo municipal o del centro de día.
En alguna de las alegaciones presentadas por vecinos particulares se apunta también esta circunstancia de que no se respeta la distancia mínima con las viviendas y equipamientos públicos.