Todos los cementerios gallegos deberán garantizar unas condiciones sanitarias mínimas en sus instalaciones
Todos los cementerios gallegos, sobre todo aquellos que hoy en día permanecen sin regularizar, deberán garantizar unas condiciones sanitarias mínimas en sus instalaciones. Al menos esa es la idea con la que trabaja la Administración autonómica, que este jueves aprobó el Decreto de sanidad mortuoria basado en dos puntos clave.
El primero y más inmediato pasa por regularizar la situación de aquellos camposantos —más de la mitad de los existentes, según las estimaciones realizadas por la Consellería de Sanidade ante la falta de un registro oficial— hasta ahora fuera del paraguas normativo. Todos ellos «deben ser regularizados», señaló el vicepresidente de la Xunta, Alfonso Rueda.
De esta forma, se abre la puerta para que los titulares de los cementerios soliciten la pertinente autorización sanitaria. La obtendrán siempre y cuando cumplan una serie de requisitos mínimos, tales como aportar información sobre la instancia de la entidad propietaria; el lugar de localización, superficie y capacidad del camposanto en cuestión; sus instalaciones, dependencias y tipos de enterramiento; la declaración de antigüedad estimada según los datos disponibles y la identificación de bienes protegidos incluidos dentro del patrimonio cultural gallego si se da el caso.
Con esta iniciativa se pretende homologar los cementerios existentes que actualmente carecen de las condiciones mínimas exigibles con los que sí las cumplen. Pero el decreto va más allá, pues no solo se fija en los ya construidos, sino que endurece las características —tanto físicas como de salubridad— para los nuevos.
Requisitos obligatorios
Entre los requerimientos reflejados en el decreto destaca la instalación de un osario en donde se recojan los restos procedentes de las exhumaciones, de un horno incinerador, así como de una zona o columbario destinado a depositar esas cenizas. También deben garantizar, según detalló Rueda, una instalación de agua apta para el consumo humano y servicios higiénicos. Además, los nichos quedarán separados por un «mínimo» de medio metro y alrededor del cementerio se establece un perímetro de 50 metros a salvo de otras construcciones que no sean religiosas.
A mayores de contemplar requisitos para los camposantos actuales y de nueva construcción, el decreto también propone una clasificación de cadáveres en función de su riesgo para la salud, elimina la distinción entre cementerio parroquial, confesional o particular y agiliza los trámites para las empresas funerarias. Éstas tan solo necesitarán de una comunicación previa en el Concello para abrir, sin necesidad de contar con la licencia municipal ni con la autorización sanitaria.
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