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Actualizado: 23/11/2024
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Competencia detecta prácticas contrarias al libre mercado en el sector funerario en Guipúzcoa

Competencia detecta prácticas contrarias al libre mercado en el sector funerario en Guipúzcoa

Vía: El Diario

La máxima de que todos somos iguales ante la muerte no se cumple en toda Euskadi. Eso al menos es lo que se deduce de la investigación abierta por la Autoridad Vasca de la Competencia, que acaba de cerrar un expediente contra varios operadores del sector funerario en el territorio de Gipuzkoa por conductas y «prácticas restrictivas de la competencia» contrarias al libre mercado y a la Ley de Defensa de la Competencia, según la resolución a la que ha tenido acceso eldiarionorte.es.

El acuerdo, que no incluye sanciones, «genera ventaja para el interés general al favorecer la competencia y la posibilidad real de los usuarios de elegir el proveedor de los servicios funerarios», según la resolución, y busca acabar con una «práctica muy nociva para los usuarios de los servicios funerarios».

La investigación reservada -que se ha prolongado en el tiempo desde la denuncia presentada por una funeraria de Hondarribia el 15 de marzo de 2013, según fuentes conocedoras del expediente- ha finalizado sin que la Autoridad Vasca de la Competencia haya determinado sanción alguna, aunque ha forzado a las empresas denunciadas a cumplir determinadas obligaciones para abrir el mercado a todas las funerarias del territorio y evitar el intercambio de «información privilegiada» que se estaba produciendo hasta la fecha.

La denuncia en este sector en Gipuzkoa se formuló en concreto contra el Tanatario del Bidasoa SA (Tabisa) y contra un agente que trabajaba para la empresa del sector funerario en el campo de las aseguradoras, Seguros Ocaso SA Compañía de Seguros y Reaseguros. Los inspectores de la Agencia Vasca de la Competencia se trasladaron hasta ambas empresas, gracias a la orden dictada en julio de 2013 por el director de la investigación, para comprobar qué tipo de prácticas estaban desarrollando estas empresas del sector. Y pudieron constatar en el registro realizado el 23 de julio, a través de la información recabada de determinados e-mails remitidos entre el «agente exclusivo» de la aseguradora y el tanatorio, que había en marcha un «intercambio de información comercial sobre los competidores» vital para el desarrollo del negocio.

«En las inspecciones realizadas en Ocaso y en Tabisa se obtuvieron copias de diversos e-mails de los que se deduce la estrategia del agente y Tabisa de beneficiar a esta última frente a su competencia», se señala en la resolución de la autoridad, organismo independiente que preside Maria Pilar Canedo. En este caso, además, se da la circunstancia de que los inspectores de la Competencia pudieron comprobar que el agente en cuestión -contra el que también se abrió expediente sancionador por «supuestas conductas prohibidas por la Ley de la Competencia- y su familia son además accionistas de la empresa funeraria.

¿Qué tipo de conductas se reproducían entre ambas empresas? Según los datos que obran en el expediente, cerrado ahora de manera convencional y sin sanciones por parte de la autoridad vasca, la información que se intercambiaban incluía «precios de las empresas competidoras de Tabisa», así como determinadas conductas que sobre todo buscaban «desviar la demanda de servicios» a la empresa funeraria denunciada. Esas prácticas chocaban directamente con los intereses de los usuarios de los servicios funerarios, según han podido comprobar en la investigación.

«Existe formalmente el derecho de los usuarios a elegir una funeraria diferente a la seleccionada por la compañía aseguradora. Sin embargo, la diferencia de precios en los servicios prestados por las funerarias particulares frente a los aplicados a las compañías de seguros (superiores en más de un 100%) impide en la práctica el ejercicio de la opción teóricamente existente que tienen los asegurados de realizar las gestiones por sí mismos adelantando el dinero», revela la resolución.

Previsible bajada de precios para el usuario
Fuentes conocedoras del expediente han asegurado que en este caso no se han puesto sanciones porque gracias a los compromisos adquiridos por las empresas denunciadas se atajan los comportamientos contrarios a la libre competencia. «El pacto y los compromisos que se derivan de él resuelven los problemas que existían de competencia, de forma que los usuarios y el resto de aseguradoras salen beneficiados y tiene efectos positivos claros para el interés general», confirman las citadas fuentes.

¿Qué tipo de compromisos han adquirido las empresas denunciadas? Por de pronto que todas las funerarias de la zona tendrán de manera simultánea la información necesaria para decidir qué a precios van a prestar el servicio. El primer efecto positivo de esa medida es que se permite la competencia real entre funerarias para prestar el servicio a las aseguradoras, ya que no existe ningún tipo de información privilegiada. «La comunicación de manera simultánea garantiza igualdad de trato a todas las funerarias», apunta la resolución, que lleva fecha 20 de enero pasado, La Autoridad de la Competencia intuye que esto afectará de manera positiva a los precios para el usuario: como el importe de las pólizas de seguros se calcula usando la media de los precios ofrecidos por las empresas funerarias, lo normal es que esa competencia real provoque una bajada de los precios de las pólizas, beneficiando así a los usuarios de los servicios funerarios.

La compañía de seguros denunciada exigía también un precio mínimo, aceptado por la funeraria, práctica que evitaba a las funerarias ofrecer precios más asequibles a particulares sin seguro o a otras empresas del sector. La Autoridad Vasca de la Competencia ha obligado a eliminar dicha exigencia. En definitiva, Competencia ha logrado tras intervenir en el sector funerario guipuzcoano incrementar la transparencia en el sector y, sobre todo, facilitar que la ciudadanía contrate los seguros y los servicios relacionados con la muerte de sus familiares con todas las cartas sobre la mesa y con la información necesaria que evite prácticas que atentan contra el libre mercado. Y recuerda a las empresas denunciadas que el «incumplimiento de los compromisos y obligaciones contenidas en una resolución de terminación convencional [esto es, sin sanción alguna] conlleva la consideración de infracción muy grave» y la «imposición de multas coercitivas».

En este caso, la autoridad no ha impuesto sanción alguna. No siempre sucede así. De hecho, a mediados de enero, l a Autoridad Vasca de la Competencia impuso a la Asociación de Transportistas Autónomos del Puerto de Bilbao (ATAP) una multa de 800.000 euros, a CECOTRANS-BIZ una multa de 508.344 euros y a TPS. COOP una multa de 248.308 euros, por prácticas anticompetitivas en el Puerto de Bilbao, al negarse en julio de 2014 a prestar servicios de transporte a la naviera Maersk Lines. En ese expediente, la autoridad resolvió que se trataba de una infracción «muy grave».

En otros casos, los informes de Competencia han levantado ampollas en las instituciones. Fue precisamente lo que ocurrió en verano de 2015. El Ejecutivo de Vitoria y la Autoridad Vasca de la Competencia se enzarzaron por el anteproyecto de Ley de Turismo, la norma que regulará el alquiler de apartamentos turísticos y habitaciones. Después de que Competencia instase al Gobierno a revisar en profundidad el texto al entender que impone graves barreras a la incorporación al sector de los propietarios de viviendas que quieren arrendarlas, beneficiando a las grandes cadenas hoteleras, el Ejecutivo vasco decidió contestar, apuntando que Competencia había dado el «visto bueno» en la mesa sectorial, por lo que consideraba «incomprensible que ahora lo critique».

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