Se ha desestimado el recurso interpuesto contra la licencia de actividad del tanatorio de Boqueixón
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santiago de Compostela (La Coruña) ha fallado en contra del recurso interpuesto por el concejal Xabier Canabal Fernández contra el acuerdo que otorgaba a finales de 2013 la licencia para iniciar la actividad del tanatorio en el municipio de Boqueixón, (provincia de La Coruña) Canabal, hoy portavoz de Veciñ@s, actúa en nombre de los vecinos de Camporrapado y otras parroquias que se han opuesto desde el principio a que el tanatorio desarrolle su actividad en la planta baja de la casa da cultura.
En la sentencia, dictada el 28 de enero de 2016, se considera que la licencia que la junta de gobierno local otorgó el 24 del 10 de 2013, a la sociedad Funeraria Casablanca SL para realizar obras e iniciar la actividad en la planta baja de la casa de cultura de Campoparrado, se ajusta a derecho. Además, se condena al demandante a hacer frente a las costas hasta un límite de 700 euros.
Hay que indicar que la resolución no es firme y que contra este fallo cabe interponer recurso de apelación, en un plazo máximo de 15 días, en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG).
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