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Actualizado: 22/11/2024
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El Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes se niega a reconocer los títulos de propiedad de cementerio

El Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes se niega a reconocer los títulos de propiedad de cementerio

Vía: Salamanca 24h

La asociación de vecinos Astormi ha registrado en el Ayuntamiento una solicitud para que se reconozcan los títulos sepulcrales emitidos por la parroquia de Santa Marta de Tormes, (provincia de Salamanca) que son, anterior administrador del cementerio.

Ahora con el nuevo reglamento, el Ayuntamiento se niega a reconocer los títulos emitidos, y por ello les están cobrando el doble en los nichos (900 en vez de 450 euros) cuando los vecinos han ido a regularizar sus títulos propiedad de nichos, con el mismo titular, la misma fecha y emitidos por la Parroquia, como administrador, con fecha anterior a la entrada en vigor del nuevo Reglamento que regula el cementerio.

Explica Astormi que por un nicho, con un título de propiedad emitido por la Parroquia, se le liquida la regularización con una tarifa reducida del 50% de la cuantía de la tasa: 450 euros, según establece la Disposición Transitoria Quinta del nuevo Reglamento. Por otro nicho con iguales características de emisión (titular y fecha), también por la Parroquia, se le pretende cobrar el 100% de la tasa: 900 euros y no se les aplica la reducción prevista, pues el Ayuntamiento no reconoce los títulos de propiedad emitidos por la Parroquia de Santa Marta de Tormes, anterior administrador del cementerio.

Para la asociación de vecinos, “los nichos ya han tenido una inversión inicial importante para recibir enterramientos y que en su momento, por problemas ajenos a los titulares de los títulos funerarios, la parroquia como administradora y el propio ayuntamiento constructor y actual administrador no realizaron el cobro de los mismos, esto no debe ser, ahora, motivo para discriminar en la liquidación por regularización”.

Añade que, por otra parte, a los títulos funerarios se les va a descontar el tiempo transcurrido desde la fecha inicial del otorgamiento concesional que consta en el titulo hasta alcanzar el límite máximo establecido para cada caso en el Reglamento. Por ambos motivos, inversión y tiempo transcurrido, los vecinos propietarios según la Parroquia, debieran ser acreedores de la reducción del 50%  de la tasa municipal, según se contempla en el nuevo Reglamento del cementerio  en su Disposición Transitoria Quinta.

“También hemos solicitado que aquellos vecinos, que en la misma situación (no reconocimiento del título de propiedad emitido por la Parroquia) y que el Ayuntamiento les hubiera cobrado el 100% de la tasa, se proceda a devolver de oficio la diferencia”, añade Astormi.

Y recuerda que el Ayuntamiento, en la década de 1990, realizó una importante inversión al construir una serie de nichos, y ahora con la privatización de la gestión del cementerio pretende que el importe de su venta lo perciba la empresa concesionaria, por lo que hemos solicitado que lo recaude el Ayuntamiento por cuanto fue éste el constructor y no la empresa concesionaria.

Desde esta asociación están comprobando documentación, puesto que hubo una cesión en 2014 por parte del Obispado al Ayuntamiento del cementerio, por lo que la propiedad no era municipal y los títulos emitidos a perpetuidad podrían ser válidos porque fueron concedidos entre personas privadas, y ahora estos títulos tienen el límite de uso de bienes públicos de 99 años.

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