El Ayuntamiento de Córdoba modifica su reglamento para adaptarlo a la ley de concesión del derecho de funerario
La empresa pública de cementerios de Córdoba, Cecosam, aprobará el lunes próximo una modificación de su reglamento para adaptarlo a la ley que simplifica la concesión del derecho de funerario. Si hasta ahora se diferenciaba entre concesiones de carácter temporal y permanentes, el nuevo texto refunde ambas opciones y establece una única forma de acogerse al servicio.
En concreto, puede hacerse por un periodo mínimo de cinco años y máximo de setenta y cinco. También establece que las concesiones no serán renovables una vez transcurrido el plazo máximo legalmente establecido. Una vez finalizado el mismo, el titular o sus familiares podrán solicitar la expedición de un nuevo título habilitante vinculado a la misma unidad de enterramiento, siempre que sea posible.
Hasta ahora, las concesiones de unidades de enterramiento se podían renovar. La renovación implica una nueva concesión en la misma unidad de enterramiento, una vez extinguida la anterior concesión y previo pago de las tarifas correspondientes. Si el derecho funerario queda extinguido por la no renovación o pago de las tarifas la empresa lo comunicará al titular, dándole plazo para la desocupación voluntaria antes de su exhumación y traslado al osario común, cremación o incineración de los restos.