Sancionan al Colegio de Médicos de León por el cobro de los certificados de defunción
Denuncia del colectivo funerario leonés ante el Tribunal para la Defensa de la Competencia de la Junta de Castilla y León por el cobro ilegal por parte del Colegio de Médicos de León de un canon de 33 euros de más por cada impreso de certificado de defunción, de expedición gratuita, sobre el que solo pesa una tasa de 3 euros, ya tiene respuesta.
El citado servicio ha emitido esta misma semana una propuesta de resolución que está a expensas de ser firmada por el tribunal y en la que considera que se debe declarar prohibida la conducta seguida por el órgano colegial leonés, al que acusa de abusar de su posición de dominio y que podrá presentar alegaciones antes de que el dictamen sea definitivo.
La resolución del Servicio para la Defensa de la Competencia solicita la supresión del sobrecoste que se cobra en la provincia y plantea una multa.
Según consta en el texto de la resolución que obra en poder del periódico, La Nueva Crónica, se plantea que el Colegio Oficial de Médicos de León que se abstenga de realizar esta práctica o similar en el futuro, y propone la imposición de una multa de 63.668,85 euros al órgano que preside José Luis Díaz Villarig.
En cualquier provincia de España un certificado de defunción, el documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona y que resulta imprescindible para poder proceder al entierro de la misma, tiene un coste de 3,63 euros en concepto de tasa; pero en León la cantidad se dispara a 36,3 euros. El margen de beneficio, según denunciaba Afulesa (Asociación Funeraria Leonesa), sirve para engordar las arcas del Colegio de Médicos, órgano que por este método se estaría embolsando cerca de 200.000 euros al año de acuerdo a los casi 6.000 certificados de este tipo que expende de media.
Según da por acreditado la Consejería de Economía y Hacienda, el órgano colegial leonés, aprovechando su posición de dominio en cuanto a la distribución de los impresos oficiales del certificado de defunción, estableció en su día (año 2007) un convenio de colaboración con las empresas funerarias que operan en la provincia mediante el cual el Colegio ofrece «mejorar, facilitar y agilizar» los trámites a cambio de esos 33 euros.
De esto derivaría que las empresas que no han aceptado, o se han desvinculado, de este convenio se topen con serias dificultades tanto para conseguir los impresos como para su tramitación, tal y como denunciaban los afectados. Dice la resolución del Servicio para la Defensa de la Competencia que el convenio de colaboración del Colegio de Médicos de León supone crear una contraprestación «sin contenido real, toda vez que a las empresas funerarias que lo han suscrito (49 convenios), solo les corresponde el pago de la denominada contraprestación económica».
Según el citado texto, «no se puede determinar en el referido convenio ningún elemento del que pueda derivarse una simplificación o agilización procedimental, ni un pretendido control de posibles falsificaciones o de utilización de fotocopias en color del mismo».
Pero es que además, como apunta la resolución, «esta supuesta prestación del Colegio Oficial de Médicos de León está suponiendo, a su vez, un sobre coste que se traslada injustificadamente al consumidor final», que abona la cantidad de 36,3 euros (pagada previamente por la empresa funeraria) en lugar de los 3,63 euros que se paga en el resto de España.
Conducta «muy grave»
A juicio del Servicio para la Defensa de la Competencia, que durante meses ha instruido este caso para llegar a la resolución que está ahora a expensas de la aprobación del Tribunal para la Defensa de la Competencia de Castilla y León, la conducta del Colegio de Médicos de León debe ser calificada como «muy grave» y, como tal, conlleva una sanción de, como máximo, el 10% del volumen de negocios total de la entidad infractora en el ejercicio inmediatamente anterior a la imposición de la multa. En el caso del Colegio leonés, en 2015 el volumen de negocio ascendió a 1.273.377 euros, y la sanción establecida se corresponde con el 5% de esta suma (63.669 euros).
Respecto a la duración de la infracción, la Junta reconoce que el origen se remonta al año 2007 constituyendo una práctica habitual del órgano colegial leonés habiendo alcanzado sus consecuencias, dice la resolución, a la actuación de todas las empresas del sector funerario que operan en León y a los legítimos intereses de consumidores y usuarios y sobre otros operadores. Como agravante ve, asimismo, el hecho de que el Colegio de Médicos de León sea la única empresa que, como queda acreditado, ofrece este producto.