Alegaciones medioambientales contra el proyecto de construcción de un crematorio de Mémora
La asociación de pequeñas funerarias Esfune dio a conocer en rueda de prensa, el pasado miércoles 6, el detalle de las alegaciones que presentó ante el Ayuntamiento de Manresa, (provincia de Barcelona) en relación al proyecto de construcción de un crematorio en el polígono de la Plana del Puente Nuevo de la capital de la comarca del Bages por parte de la empresa Servicios Funerarios de Barcelona -participada en un 85% por el grupo Mémora y el restante 15% por el Ayuntamiento de Barcelona-.
El presidente de Esfune, Aureli Sánchez, aseguraba que “el nuevo crematorio que se quiere instalar a menos de 500 metros de la gran zona deportiva de Manresa (El Congost), supone un grave peligro para la salud». Y añade, “además se tiene que sumar el hecho de que entre el crematorio y la zona deportiva hay una Estación Transformadora Eléctrica que crearía un efecto corona y provocaría un mayor aumento de elementos atmosféricos altamente contaminantes».
Aspectos importantes a destacar de la alegación presentadas por Esfune ante el ayuntamiento en relación al proyecto del crematorio de Mémora
Un horno crematorio de cadáveres emite dos sustancias altamente contaminantes que son:
1) Emisión a la atmósfera de dioxinas y furanos con una proporción 25,8 veces superior a la permitida.
2) Emisión a la atmósfera de mercurio que es altamente tóxico y potencialmente cancerígeno si lo inhalamos. El mercurio emitido a la atmósfera proveniente de la cremación de cadáveres es debido a que la combustión a 850 ºC vaporiza el mercurio y lo emite a la atmósfera.
Debemos saber que:
a) El mercurio que se deposita en los alimentos que comemos los humanos a lo largo de nuestra vida, nuestro organismo no lo consigue eliminar. Especialmente el mercurio existente en cierto tipo de pescados.
b) En los empastes dentales que en la mayoría se utiliza mercurio.
En el caso del Proyecto de Manresa, los efectos contaminantes anteriores se incrementan por el hecho de la existencia de la Estación Transformadora Eléctrica ya que ha su vez, se genera un tercer elemento altamente contaminante por este hecho. El elemento altamente contaminante es la emisión de ozono tropòsferic que se denomina “efecto corona” que puede provocar a distancias entre 200 / 500 metros un elevado riesgo de cáncer. Según un estudio de la Generalitat Valenciana en relación a un caso similar pero sin el agravante de la existencia de una Estación Transformadora Eléctrica, marcaba como distancias críticas:
.-Zona (área) de riesgo de cáncer en condiciones desfavorables: 581 m
.-Zona (área) de riesgo de cáncer en condiciones comunes: 169 m
El Ayuntamiento de Manresa abrió el pasado mes de junio el periodo de exposición pública para el otorgamiento de la licencia ambiental, momento en qué Esfune ha presentado sus alegaciones. El periodo de alegaciones se cerró el pasado 3 de agosto.
Las alegaciones presentadas por Esfune solicitan al Ayuntamiento de Manresa que ante “el más que evidente peligro para la salud pública” y en especial para los usuarios de la zona deportiva de El Congost, que en su mayoría practican deportes de alta competición, realice estudios en profundidad para analizar los potenciales peligros que se han descrito.
En el supuesto de que el ayuntamiento desatienda lo solicitado en las alegaciones, Sánchez, ha anunciado que se presentará un recurso contencioso administrativo contra el otorgamiento de la Licencia de actividad a la empresa Mémora para la instalación del horno crematorio.