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Actualizado: 26/11/2024
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El cementerio privado Parque de la Paz prestará servicio de borrado de huella digital a los fallecidos

El cementerio privado Parque de la Paz prestará servicio de borrado de huella digital a los fallecidos

El cementerio privado Parque de la Paz de Valencia, prestará a partir del mes de octubre el servicio de borrado de huella digital en Internet. Esta alternativa, que será prestada a petición de los familiares, se ampara en el derecho al olvido, de las personas fallecidas, y permitirá el borrado de toda la información, tanto escrita como visual, referente a esa persona.

El gerente de Parque de la Paz, Leonardo Bruno, nos ha dicho que «se trata de un servicio acorde a los tiempos en los que nos encontramos y está siendo demandado ya por muchas familias que han estado cercanas al parque durante muchos años». El servicio será prestado tanto a través de Parque de la Paz como de la nueva división de Seguros de Decesos, Seguros La Paz.

Con este servicio se pretende el cierre de las redes sociales de las personas fallecidas, así como eliminar los resultados de los buscadores con el nombre de esta persona siempre y cuando las familias lo soliciten.

Esta nueva asistencia permitirá a las familias evitar procedimientos que suponen un costoso entramado administrativo y gestiones a los principales buscadores y marcas de redes sociales. El proceso consiste en seguir el procedimiento que las propias redes sociales ofrecen. Sin embargo, la huella digital abarca además del borrado de todas las cuentas de redes sociales, los foros y otros servicios, que sería el primer paso, la eliminación de las suscripciones y las listas de correo.

Mientras que en otro grado estaría la eliminación de los resultados de los buscadores, así como contactar con las webs en las que no se puede borrar o la eliminación de las cuentas de correo. ‘Derecho al olvido’ es una manifestación de los derechos de cancelación y oposición aplicados a los buscadores de internet.

Se define como el derecho a impedir la difusión de información personal a través de internet cuando su publicación no cumple los requisitos de adecuación y pertenencia previstos en la normativa.

En concreto, incluye el derecho a limitar la difusión universal e indiscriminada de datos personales en los buscadores generales. En aquellos supuestos en que la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público, aunque la publicación original sea legítima. En el caso de boletines oficiales o informaciones amparadas por las libertades de expresión o de información.

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