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Actualizado: 26/11/2024
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Los forenses del IMLA tendrán acceso a los historiales médicos de pacientes incursos en una causa judicial

Los forenses del IMLA tendrán acceso a los historiales médicos de pacientes incursos en una causa judicial

Los forenses del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón (IMLA) podrán acceder a los historiales médicos del Servicio Aragonés de Salud (Salud) de pacientes incursos en una causa judicial. Así lo han acordado los consejeros de Presidencia del Gobierno de Aragón, Vicente Guillén, y de Sanidad, Sebastián Celaya, quienes han firmado este miércoles un convenio en este sentido.

Las consultas se realizarán cuando sean necesarias para la emisión de informes solicitados por la autoridad judicial, fiscal o el Registro Civil, y para ello los forenses dispondrán de un sistema de acceso a la historia clínica electrónica a través de un procedimiento de control de acceso.

Tras la firma del convenio, Sebastián Celaya ha señalado que, para evitar cualquier «problema» en materia de seguridad de datos, se han perfilado «muy bien» las condiciones de acceso, de manera que el sistema informático registrará cada actuación.

El objetivo es mejorar la «eficacia» de la investigación forense, «facilitar las pesquisas» en casos como la violencia de género, aunque también en cualesquiera otros, ha indicado el titular de Sanidad. Los forenses dispondrán de los datos de los presuntos agresores.

Por su parte, Vicente Guillén ha comentado que en 2018 se pondrán en marcha tres unidades provinciales integradas destinadas a la lucha contra la violencia de género, dotadas con médico forense, un psicólogo y un trabajador social, y contarán con «las herramientas oportunas» para elaborar sus informes con «absoluto rigor», como la presentada este miércoles.

Herramienta
El Gobierno de Aragón ha informado que esta es una «herramienta fundamental» para obtener la información necesaria en los casos de internamientos involuntarios, lesiones accidentales, agresiones o violencia sobre la mujer, informes de imputabilidad y drogadicción, entre otros. En los casos de fallecimiento, permitirá establecer la mejor estrategia encaminada a determinar la causa y circunstancias de la muerte.

La Dirección General de Justicia e Interior, de la que depende orgánicamente el IMLA, se compromete a establecer los mecanismos que aseguren que la utilización del acceso al sistema informático se restrinja a la estrictamente necesaria para la elaboración de los informes periciales solicitados por la autoridad judicial y a mantener el deber de secreto y confidencialidad, así como el riguroso cumplimiento de la legislación de protección de datos personales.

Con el fin de garantizar estos extremos, el acceso a los sistemas informáticos lo realizará únicamente la Dirección y Subdirecciones del IMLA o la persona a la que se autorice, que estarán en posesión de una tarjeta identificativa y una contraseña. Se habilitará, igualmente, un proceso de filtro previo de los sujetos objeto de consulta.

Este mecanismo de filtro previo consiste en la remisión por adelantado de la identificación de las personas que van a ser objeto de consulta, a través de una conexión telemática con especificación del motivo del acceso. El sistema guardará auditoría de los accesos realizados para su eventual consulta posterior y según lo establecido en la normativa vigente sobre protección de datos personales.

Por ambas partes, se establecerá qué datos sanitarios serán mostrados en cada acceso, con el fin de que sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades de este convenio. Por parte del IMLA, se establecerá un sistema de gestión de usuarios en el que se actualizará permanentemente la lista de personas autorizadas.

Además, quedará habilitado un protocolo de acceso que garantice el cumplimiento de la normativa de la Ley de Protección de Datos Personales y, en concreto, de la necesidad de consentimiento de los interesados para el acceso al aplicativo, que deberá contemplar los siguientes supuestos. En el caso de fallecidos sometidos a investigación judicial, no es necesario documento de consentimiento.

En el caso de personas vivas incursas en procedimiento judicial, es preciso contar con un documento en el que, por el interesado o su representante, se autorice expresamente el acceso a la historia clínica, con mención expresa de los fines para los que se solicita dicha autorización o, en su defecto, autorización judicial expresa. En casos especiales de investigación de reclamaciones por imprudencia profesional médica es preciso contar con la autorización judicial en todos los casos.

Reducción de los tiempos
El Servicio Aragonés de Salud recoge la información asistencial-clínica en sus sistemas de información con el objetivo de asegurar la adecuada asistencia a los pacientes. Esta información se estructura en una historia clínica electrónica, a través de la consolidación de información de diferentes aplicativos informáticos y constituye una fuente documental habitualmente utilizada por los juzgados, tribunales y fiscalías en la Comunidad para la investigación de los casos en los que existe un expediente judicial en curso.

Con la firma de este convenio, el tiempo invertido en la petición y remisión de la información solicitada por la autoridad judicial, a través del IMLA, a los centros sanitarios podrá reducirse de forma sustancial al habilitarse un acceso directo y controlado a la historia clínica electrónica para el personal médico forense.

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