Condenan a tres años de cárcel a una exempleada de Cementerio Jardín por apropiarse de 14.559 euros
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a tres años de cárcel a la extrabajadora de la sociedad Cementerio Jardín, participada por el Ayuntamiento de Santander, por la malversación de 14.559 euros de la recaudación en metálico por pagos de clientes en las oficinas del cementerio de Ciriego.
Además de la pena de prisión, en la sentencia, y contra la que cabe recurso, también se le condena a siete años de inhabilitación especial para cargo o empleo público y a la obligación de indemnizar a la sociedad en los 14.559 euros que se apropió.
La sentencia indica que ha quedado probado que la acusada fue empleada de la sociedad de 1991 a 2012, y era la responsable de caja, realizando los cobros a los clientes, a quienes emitía las facturas, y elaborando el libro diario de la caja. Apunta que el dinero que cobraba a los clientes debía depositarlo en una caja de caudales que se encontraba en la oficina y después se lo tenía que entregar en persona al gerente de Cementerio Jardín.
La sentencia señala que, en 2011, la trabajadora procedió a efectuar múltiples cobros a clientes y a hacer suyas parte de las cantidades de dinero que éstos abonaban, sin llega a ingresarlas en la caja de la sociedad.
Además añade que, con la finalidad de que no se descubrieran sus actuaciones, en «numerosas ocasiones» dejó de anotar en la hojas del diario de caja facturas por cobros a clientes, «tratando así de disimular el saldo que tendría que haber ingresado en la caja».
La sala indica asimismo que la acusada no realizaba arqueos de caja que permitieran comprobar que las cantidades ingresadas diariamente se correspondían realmente con las facturas emitidas y, al elaborar el libro diario de caja, no consignaba el saldo inicial y final anterior de cada hoja, con lo «dificultaba sobremanera el control de su actividad contable».
Añade que, finalmente, en noviembre de 2011 se nombró una nueva directora-gerente de la sociedad que «comprobó de manera exhaustiva la contabilidad, descubriendo los descuadres entre las cantidades realmente facturadas a clientes y el saldo que había en caja, así como la omisión de facturas y saldos finales e iniciales en el libro diario que elaboraba la acusada».
Tras esas comprobaciones, que también realizó una empresa externa, el tribunal considera probado que la cantidad de la que se apropió la trabajadora durante 2011 fue de 14.559 euros, una cantidad por la que, recuerda, el Tribunal de Cuentas ya condenó a la acusada en una sentencia de su sección de enjuiciamiento de 2014, obligándola a devolver la suma con intereses.
En la sentencia, la sala asegura que, tras el estudio de toda la prueba practicada en el juicio celebrado el pasado 21 de noviembre, «ha llegado al razonable, pleno y absoluto convencimiento, con el grado de certeza exigible en materia penal, fuera de toda duda razonable, de que los hechos son legalmente constitutivos de un delito de malversación de patrimonio público».
Así, y al contrario de lo que solicitaban la acusación particular ejercida por la sociedad y el Ministerio Fiscal, no considera que la acusada sea autora de un delito de apropiación indebida al tratarse los bienes objeto de apropiación de una empresa participada mayoritariamente por el Ayuntamiento de Santander (51%).
Respecto al descuadre de 176.000 apreciado desde 2006, la sala indica que a la acusada solo se le puede achacar la apropiación del dinero de 2011 porque «solo consta que omitiera la consignación de determinadas facturas concretas en el libro de caja de 2011, pero no de años anteriores».
Además, apunta que la averiguación patrimonial realizada a la acusada «no se corresponde con un supuesto enriquecimiento ilícito de 176.000 euros», como pretendía la acusación particular.