Ayuntamiento busca encajar en la normativa urbanística a velatorios, tanatorios y crematorios
La Comisión de Obras del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo (provincia de Salamanca) celebró el pasado lunes una sesión con un punto de interés en relación a un informe elaborado por el arquitecto municipal sobre cómo se pueden encajar en la normativa urbanística de la ciudad y los usos funerarios, tras las sentencias judiciales desfavorables al Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo en torno al crematorio del Camino del Cementerio.
Según explica el delegado de Obras, Joaquín Pellicer, el Plan General de Ordenación Urbana no recoge el uso funerario (velatorios, tanatorios y crematorios), pero hasta ahora, los servicios urbanísticos del Ayuntamiento, “lo han interpretado como asimilable al uso sanitario, que es lo que decía la normativa sectorial del uso funerario”.
Tras los reveses judiciales, “se está buscando la legalidad de todo lo que son velatorios y tanatorios”, y se quiere incluir de forma expresa el uso funerario en el PGOU (posteriormente habrá que ver “en qué ordenanzas del Plan General se puede aplicar”). Sin embargo, no se tiene muy claro cómo hacerlo. Por un lado, el arquitecto municipal ha planteado que se haga a través de lo que se denomina ‘estudio de detalle’, pero el Partido Popular considera que es “más garantista” hacer una ‘modificación puntual’ del PGOU.
Según apuntan los populares, “ante la duda” sobre qué hacer “debe imperar la regla latina Ad mais, ad minis (quién puede lo más puede lo menos)” para evitar que “se utilice un instrumento menor y se abra un nuevo litigio sobre el instrumento, amén del fondo”. Desde su punto de vista, la legalidad de la solución que se adopte debe quedar “meridianamente clara”, solicitando un informe jurídico para que “quede claro que cualquier modificación urbanística no es una forma de sortear una sentencia”.
Los populares expresan que “nadie discute la posibilidad de permitir el uso de velatorio y tanatorio en todos los sectores y zonas; el problema radica en el uso de crematorio, preguntándose si sólo se dejará en determinadas zonas o sectores, apuntando que la decisión que se tome debe tener “las máximas garantías legales” para no infringir ninguna normativa y que no vaya en contra de los principios jurídicos, “especialmente el de igualdad”.
En torno al crematorio en sí, Joaquín Pellicer apunta que “está por ver si se puede o no se puede”. Según su explicación, “el Reglamento de Urbanismo contempla que se puede colocar en cualquier tipo de uso y ordenanza, pero eso es lo que habrá que decidir políticamente”.
Según el Partido Popular, en este asunto ven “discrepancias graves” sobre el asunto, creyendo que Ciudadanos, PSOE e IU “no se van a poner de acuerdo a poco más de un año de las Municipales pues a los tres partidos les interesa ir marcando ya diferencias”. En todo caso, los populares consideran que “sobre el fondo hay mucho que hablar y estudiar”.
Al mismo tiempo que se introducen en el PGOU los usos funerarios, también se quiere aclarar una ‘coletilla’ que hay en todas las ordenanzas respecto al uso exclusivo, ya que ahora mismo se expresa que, siempre que no se determine que hay un uso exclusivo, se autorizan una serie de usos. En palabras de Joaquín Pellicer, el problema (en torno al crematorio) es que “el juez ha entendido que sino está marcado un uso exclusivo, no se pueden hacer construcciones que estén con un uso determinado ocupando una sola parcela”.