Modifican la ordenanza del cementerio de Almassora para permitir el entierro a vecinos no residentes
La comisión de Servicios Públicos del Ayuntamiento de Almassora (provincia de Castellón) informó el pasado martes de la modificación del reglamento del cementerio para permitir el enterramiento de vecinos que no estén empadronados en el municipio en el momento de la defunción pero que lo hayan estado durante 20 años o más a partir del año 1996.
Según la alcaldesa, Merche Galí, «el objetivo no es otro que solucionar una problemática que se producía cuando, especialmente, vecinos de edad avanzada se marchaban a otras localidades para que los cuidaran sus hijos o les atendieran en residencias de mayores y perdían el derecho a ser enterrados en su pueblo si en los últimos años habían cambiado el empadronamiento».
El expediente recuerda que «hay personas que durante toda su vida han residido en Almassora y que en los últimos años de su vida se han trasladado fuera del municipio por razones de dependencia, se observa la necesidad de modificar el Reglamento de Cementerio para que estas personas puedan ser enterradas en el cementerio municipal».
Dicho lo cual, solo se adjudicarán nichos para la inhumación de personas en tres supuestos: que estén empadronadas en Almassora en el momento de su defunción, que no estén empadronadas en el momento de la defunción pero lo hayan estado durante 20 años o más a partir de 1996 y que no estén empadronadas pero sus familiares directos (primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad) sí lo estén en el momento de la defunción. En estos casos, éstos deben actuar como interesados en la tramitación de la concesión del nicho.