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Actualizado: 27/11/2024
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Ceuta obligará a las aseguradoras a financiar parte de los gastos del Servicio de Extinción de Incendios

Ceuta obligará a las aseguradoras a financiar parte de los gastos del Servicio de Extinción de Incendios

La Asamblea de Ceuta ha acordado recurrir por primera vez a la figura impositiva de la «contribución especial» para que, a través de una tasa, obligar a «las entidades de seguros del ramo de incendios» que desarrollen su actividad en la ciudad autónoma a financiar parte de los gastos en que incurra la Administración para la «ampliación, mantenimiento y mejora permanente» del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS).

El texto de la nueva Ordenanza, a cuyo contenido ha tenido acceso Europa Press, establece que la contribución especial «se fundamenta en la simple existencia del Servicio como organización de permanente alerta ante la eventualidad de siniestros», y su exacción «será independiente del hecho de su prestación o utilización» por parte de las compañías, que deberán el 90 por ciento «del coste que el Ayuntamiento soporte por la existencia y funcionamiento» del Cuerpo de Bomberos.

La base imponible se distribuirá entre las aseguradoras «proporcionalmente al importe de las primas recaudadas en el año inmediatamente anterior», y «si la cuota exigible a cada una fuese superior al cinco por ciento de las primas el exceso se trasladará a los ejercicios sucesivos hasta su total amortización».

Las cantidades recaudadas por la Administración a través de esta contribución especial solo se podrán dedicar, según los informes técnicos que obran en el expediente, a «inversiones reales que tengan que ver con la ampliación o mejora del Servicio de Bomberos: compra de materiales, equipos y vehículos, reformas, etcétera».

La Ciudad Autónoma ha invertido en ese ámbito, según sus estados de ejecución presupuestaria de los dos últimos ejercicios cerrados, alrededor de 240.000 y de 360.000 euros, respectivamente.

La legislación de haciendas locales contempla desde los años ochenta las contribuciones de las compañías de seguros al sostenimiento de los Servicios de Bomberos a través de dos tipos de aportaciones: las especiales, provenientes del cinco por ciento de las primas contraincendios, y las provenientes del cobro de tasas por prestación del servicio.

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