Tras 20 años de actividad, el juzgado decreta la nulidad de la licencia del tanatorio de Íllora
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Granada ha decretado la nulidad de la licencia del tanatorio de Íllora. Este espacio funerario inició su actividad hace 20 años, pero los vecinos de la localidad de Íllora nunca habían demandado al Ayuntamiento a pesar de los graves perjuicios que han sufrido.
HispaColex Bufete Jurídico, bajo la asistencia de Vanessa Fernández, socio-abogada y directora del Departamento de Derecho Administrativo, ha defendido este caso. Con él, ya son nueve los procedimientos judiciales ganados con respecto a la actividad ilegal de los tanatorios de otros municipios de la provincia de Granada como es el caso de Castril, Caniles o La Malahá.
El tanatorio de Íllora recibió el 31 de julio de 2017 una acción de nulidad interpuesta contra la licencia de actividad y apertura, ya que está instalado en una zona residencial, con calificación urbanística de “edificación residencial manzana cerrada”, lo que provoca molestias y graves perjuicios a los vecinos.
La normativa sobre la ubicación de los tanatorios recoge sobre la localización de los mismos que debe ser “coherente con la ordenación urbanística, lo que es incompatible con un uso residencial por tratares de una actividad molesta”.
Por este motivo, la defensa ha hecho hincapié en los continuos problemas provocados por la actividad del tanatorio a los vecinos. Algunos han visto afectada su salud y han tenido que “tomar medicación antidepresiva y también para poder dormir”.
Durante el procedimiento, se presentaron estadísticas de fallecimientos en el municipio de Íllora – que registra más de 100 muertes al año desde 1998 – y también fotografías que mostraban el estado de la calle Avenate cada vez que se hacía uso del tanatorio. Para probar las molestias causadas a los vecinos, la defensa presentó también una grabación realizada desde el interior de una de las casas de uno de los vecinos defendidos por HispaColex donde se pudo apreciar “la gravedad de los ruidos que tenían que soportar”.
La sentencia considera que son más dignos de protección los intereses y los derechos a la intimidad personal y familiar de los vecinos que el del titular de la actividad de tanatorio. Por lo tanto, el fallo ha declarado la nulidad de la licencia de actividad de tanatorio al tratarse de una actividad “incompatible en suelo de uso residencial”, por lo que se ha decretado el cierre o clausura de dicha actividad.
La empresa Grupo Palmavalen Servicios Funerarios, construyo en 1997 el tanatorio de Íllora en el centro del pueblo.