El texto del proyecto del nuevo decreto de sanidad mortuoria de Galicia contempla muchos cambios
La Consellería de Sanidad de Galicia ha publicado el texto del proyecto del nuevo decreto de sanidad mortuoria de Galicia, donde contempla, entre otras, el entierro sin ataúd por razones de confesionalidad.
Derecho a ser enterrado sin ataúd
Se permitirá inhumar cadáveres sin féretro cuando se demande por razones de confesionalidad. El decreto introduce como novedad la posibilidad de enterrar cadáveres sin féretro «para los casos en los que por razones de confesionalidad así se demande».
El rito funerario musulmán establece que los cadáveres deben ser envueltos con un sudario y enterrados en contacto directo con la tierra, sepultados sin ataúd y sin esperar 24 horas después de su muerte. Pero este rito era contrario a la legislación gallega. A partir de la aprobación del nuevo decreto de sanidad mortuoria se podrá hacer sin ningún problema.
Crematorios
En cuanto a los crematorios, el nuevo texto normativo especifica que los de nueva construcción «deberán guardar una distancia mínima de 200 metros» respecto a urbanizaciones, viviendas, residencias, centros sanitarios y educativos, instalaciones deportivas y otras de carácter similar. Mientras, aquellos crematorios que ya estuvieran en funcionamiento antes de la entrada en vigor del nuevo texto, y que no cumplan la distancia mínima, «deberán presentar un estudio de dispersión de contaminantes a la atmósfera», con el fin de «comprobar que los gases que se emiten no sean peligrosos para el entorno en el que se encuentra», señala Sanidade.
Censo
El documento incluye también la creación de un censo de prestadores de servicios funerarios, en el que «se inscribirán las empresas funerarias, tanatorios, velatorios y crematorios de Galicia». «No sólo facilitará la información entre autonomías, sino que, en base a una mayor transparencia y publicidad, una vez elaborado, el listado estará a disposición de la población en general en la página web del Sergas», ha manifestado la Consellería.
Lugares especiales
Asimismo, se modifica el reglamento de los enterramientos en lugares especiales -aquellos puntos de culto y recintos institucionales de especial relevancia histórica o artística-. En este sentido, se elimina la autorización sanitaria requerida en el actual texto normativo para aquellos lugares ya existentes. En cuanto a los de nueva construcción, «serán los ayuntamientos en los que estén situados los encargados de instruir y resolver los expedientes y de otorgar la correspondiente licencia», destaca Sanidade, que «emitirá un informe que tendrá carácter preceptivo».
«Gran parte de las modificaciones y novedades recogidas en el texto del proyecto del nuevo decreto se basa en los aspectos sanitarios sobre esta materia recogidos en la ‘Guía de consenso sobre sanidad mortuoria’, aprobada el pasado año en la Comisión de Salud Pública del Sistema Nacional de Salud en la que participaron representantes de las comunidades autónomas», ha concluido la Xunta.