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Actualizado: 23/11/2024
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Aprueban la ordenanza que permitirá la ampliación del cementerio municipal de San Bartolomé

Aprueban la ordenanza que permitirá la ampliación del cementerio municipal de San Bartolomé

El Ayuntamiento de San Bartolomé (provincia de Las Palmas) aprobó inicialmente la ordenanza provisional municipal para la ampliación del cementerio municipal.

Con esta aprobación se abre la puerta a la construcción de nuevos nichos, teniendo en cuenta que es una de las obras de ampliación previstas, debido al escaso número de nichos disponibles.

El alcalde, Alexis Tejera ha comentado que “el servicio de cementerio es una prestación obligatoria municipal, y se procederá a la ampliación de un total de 470,80 m2, teniendo encaje legal la aprobación de una ordenanza provisional para tal fin en un municipio con una población de 18.805 habitantes y con un cementerio en el que quedan escaso número de nichos. La porción de suelo en la que se situarán los nuevos nichos tiene en la actualidad la clasificación de suelo rústico en la categoría de protección natural ecológico-El Jable (S.R.P.-J), y pasará a tener la categorización de suelo rústico de protección de infraestructuras”.

A continuación se someterá el presente acuerdo, junto al expediente tramitado al efecto, a información pública mediante la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Provincia y en el portal de transparencia de la página web de este ayuntamiento, por un plazo de 30 días hábiles, pudiendo los/as interesados/as  examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

La citada ordenanza se considerara definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamación; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Este acuerdo se comunicará a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias y a la Consejería de Política Territorial del Cabildo Insular de Lanzarote, todo ello en cumplimiento del apartado 5 del artículo 154 de la Ley 4/2017 de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

Una vez que entre en vigor la presente ordenanza, la ejecución de la ampliación del cementerio se llevará a cabo, mediante la redacción, licitación y ejecución del correspondiente proyecto técnico que deberá cumplir con las condiciones que estable el apartado 3.2 del anexo 5 del Decreto 132/2014, de 29 de diciembre, de Sanidad Mortuoria, que se transcriben en el articulado de la ordenanza y se continuará con el procedimiento pertinente.

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