Condenan al alcalde de Puebla de Don Rodrigo por su gestión en la construcción del tanatorio municipal
Condenan a Venancio Rincón Royo (PSOE) alcalde de Puebla de Don Rodrigo (Ciudad Real), como autor responsable de un delito de prevaricación administrativa por la gestión en la construcción del tanatorio municipal.
El alcalde ha sido condenado como autor responsable de un delito de prevaricación administrativa que contempla el artículo 404 del Código Penal a la pena de 9 años de inhabilitación para poder ejercer cualquier cargo público.
La Audiencia Provincial de Ciudad Real lo ha condenado a 9 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público al alcalde, tras la denuncia presentada por el grupo municipal ‘X Puebla’ a raíz de las obras de construcción del tanatorio municipal por unas obras que ascendían a 310.000 euros, sin IVA –tras un delito inicial de 90.000– y que se fraccionaron en una veintena de contratos.
La condena comprende también la pérdida de tal cargo e inhabilitación para poder ejercer cualquier otro cargo público, con los honores anejos, y la incapacidad para obtener otros cargos públicos electivos y de funciones de gobierno y administración, sean de ámbito local, provincial, autonómico, estatal o supranacional durante el tiempo de la condena.
La sentencia considera probado que el alcalde de Puebla de Don Rodrigo tomó la decisión de ejecutar la construcción de las obras del tanatorio municipal por un proceso de administración, en vez de sacarlo a concurso público, dividiendo el proyecto en varias fases, de modo que cada una de ellas no superase el 10 % del presupuesto municipal y evitando así sacarlo a concurso público.
Inicialmente, el proyecto básico para su construcción fue elaborado por la arquitecta municipal, con un presupuesto inicial de 90.650 euros, una partida que, finalmente, acabó triplicándose.
Las citadas obras ascendieron a un coste total de 376.497,17 euros, que se justificaron mediante facturas que los proveedores presentaban al cobro al Ayuntamiento, subvencionado en su caso, y sin procedimiento de contratación bajo el pretexto de favorecer a las empresas y vecinos del pueblo y así darles empleo, impidiendo de esa forma que otras empresas pudieran concurrir a la posibilidad de realizar las obras.
El alcalde, «a sabiendas de que debía proceder conforme a las normas existentes, no realizó procedimiento administración de contratación alguno, dirigiendo y controlando las contrataciones de las empresas y los trabajadores que iban a realizar las obras, entre los meses de julio y agosto, aprobando y controlando las facturas de las obras que se realizaron en el recinto ferial y auditorio».
El exalcalde del Partido Popular también fue condenado
Juan Carlos Araujo, alcalde ‘popular’ de Puebla de Don Rodrigo entre 2007 y 2011; también ha sido condenado por prevaricación administrativa en distintas sentencias a siete de inhabilitación, según sendas sentencias.
Los tribunales consideraron como probado en sus respectivos juicios que ambos regidores ordenaron contrataciones desde el Ayuntamiento sin seguir el procedimiento administrativo adecuado y en contra de los informes de los técnicos municipales.
En primer lugar, Juan Carlos Araujo fue condenado el 2 de mayo del año año pasado, pero tras recurrir no fue hasta diciembre de 2019 cuando recibió por parte de la Audiencia Provincial de Ciudad Real una segunda sentencia desestimatoria y que respaldaba su inhabilitación por siete años.
La sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Ciudad Real validada por la Audiencia provincial consideraba probado que bajo su mandato se llevaron a cabo diversas obras en el Recinto Ferial y el auditorio municipal de la población, finalizadas en 2008.