“La concesión del servicio de cementerios no sólo no conlleva costes, sino que percibiremos un canon”
La concejal de Servicios Municipales en el Ayuntamiento de Almería, Sacramento Sánchez, asegura que la concesión de la gestión de los servicios de cementerio, tanatorio y crematorio todo son ventajas.
“No solo no conllevará coste alguno para el Ayuntamiento, sino que recibiremos un canon anual durante todo el periodo de la concesión por parte del concesionario que además deberá aportar los medios necesarios para la prestación del servicio y correr con el riesgo y ventura de dicha explotación, siempre bajo el control municipal”, nos dice Sánchez.
También ha querido aclarar al concejal del grupo municipal de Ciudadanos Miguel Cazorla, tras sus declaraciones tachando de “error garrafal” la concesión del servicio, “con la concesión de este servicio no es que se ahorre dinero al erario público, es que el Ayuntamiento va a ingresar un canon que invertiremos en la ciudad, algo que le hubiéramos podido explicar si hubiese preguntado antes de ofrecer informaciones erróneas y confundir a los almerienses”.
La edil señala, “lo que es un error garrafal es confundir el presupuesto base de licitación con el valor estimado. En el presente contrato no procede determinar un presupuesto base de licitación, ya que el Ayuntamiento no ha de comprometer gasto alguno dado que no efectuará aportaciones públicas de ninguna naturaleza a la explotación del servicio, en cuanto que la retribución económica del concesionario serán las contraprestaciones económicas de los usuarios del servicio”.
“El valor estimado” -añade- “es un concepto económico diferente del presupuesto base de licitación. Concretamente, en el caso de los contratos de concesión de servicios, el órgano de contratación para determinar el valor estimado tomará el volumen total de negocios, sin incluir el IVA que, según sus estimaciones, generará la empresa concesionaria durante la ejecución del mismo como contraprestación por los servicios objeto del contrato, así como de los suministros relacionados con estas obras y servicios, valoración de las prórrogas y modificaciones previstas en los pliegos”.
De igual forma, aclara también al portavoz de Cs que tanto el valor estimado (24,5 millones) como el periodo de duración del nuevo contrato (15 años) “no obedecen a una decisión unilateral o caprichosa, sino que son fruto de aplicar de forma rigurosa y estricta lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Publico, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/EU y 2014/24/EU, de 26 de febrero de 2014, así como el resto de legislación aplicable a los contratos de concesión de los servicios públicos”.
Por último, y a efectos de llevar a cabo la ejecución de la Sentencia firme número 138, de 2 de febrero de 2015, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Granada, Sánchez recuerda a Cazorla que se acordó por la Junta de Gobierno Local, con fecha 12 de julio de 2016, “iniciar un nuevo expediente administrativo para la explotación del servicio municipal de cementerio, tanatorio y crematorio, de ahí la vinculación entre el cumplimiento de la citada sentencia y la tramitación de un nuevo expediente, ya que de no existir la citada sentencia no tendría sentido estar tramitando un nuevo expediente”.